Siempre
que la gente me pide asesoramiento sobre casos de malos
tratos o actos de crueldad hacia los animales, doy la
misma respuesta, y es precisamente que deben ser denunciados
ante la autoridad competente.
Muchas veces, ante mi respuesta,
la gente me dice que prefiere no hacer la denuncia, porque
por diversos motivos tiene miedo, ya sea porque el maltratador
es vecino, porque teme por su familia, por sus mascotas,
etc. O directamente, le piden a otra persona que denuncie
en su lugar, decisión muy equivocada y hace que
las denuncias no prosperen.
La única forma de intervenir
legalmente es haciendo la denuncia, no hay otra manera
de hacer valer la Ley 14.346. Esta ley no se hace cumplir
enviando cientos de mails informando sobre el maltrato,
o haciendo escarches, o llamando por teléfono al
maltratador para insultarlo. Todas estas actitudes equivocadas,
hacen, o que el animal, en caso de ser el maltratador
su propietario, desaparezca, o bien, que el maltratador
cambie de modus operandi o lo haga en otra zona, o de
manera más escondida. Si se decide a llamarlo para
insultarlo o amenazarlo, no solo le abren la puerta al
maltratador para que cambie su número telefónico,
sino para que él mismo termine siendo víctima
y haga la denuncia por amenazas.
Pero lo más grave de todo
esto, es que muchas veces, detrás de una clara
infracción a la Ley 14.346, se esconde un delito
tan o más grave, como por ejemplo, el abuso de
armas de fuego. Cuando esto sucede, si no se hace la denuncia,
no solamente esa persona seguirá maltratando animales,
sino que permanece abierta la puerta para que su mal trato
y su violencia se traslade a los seres humanos.
Volviendo al ejemplo anterior, y
que da origen a este artículo, existen casos, no
muy aislados, en los cuales se hace público que
en determinado barrio o localidad, una persona está
matando a los animales del barrio con un arma de fuego,
y dejando mal heridos a otros. Mientras circulan los mails
haciendo llegar la información, en la que todos
además dan sus opiniones bien intencionadas pero
muchas veces equivocadas, nadie hace la denuncia y más
animales siguen muriendo.
Pero por que me refiero a este ejemplo
en particular? Porque además de tratarse de una
infracción al art. 3 inc. 7 de la Ley 14.346, se
está cometiendo otro delito, siendo este último
particularmente grave y de competencia federal, y es el
abuso de armas de fuego.
La Ley 20.429, Ley Nacional de Armas
y Explosivos, sancionada el 05/07/1973, en su artículo
1 establece “Art.1 La adquisición, uso, tenencia,
portación, transmisión por cualquier título,
transporte, introducción al país e importación
de armas de fuego y de lanzamiento a mano o por cualquier
clase de dispositivo, agresivos químicos de toda
naturaleza y demás materiales que se clasifiquen
como arma de guerra, pólvoras, explosivos y afines,
y armas, municiones y demás materiales clasificados
de uso civil, quedan sujetos en todo el territorio de
la Nación a las prescripciones de la presente ley,
sin más excepciones que las determinadas en el
artículo 2º.”
Por su parte, la Ley 25.886, sancionada el 14 de abril
de 2004, en su artículo 1 inc. 2 establece “La
simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la
debida autorización legal, será reprimida
con prisión de 6 (SEIS) meses a 2 (DOS) años
y multa de MIL PESOS ($ 1.000.-) a DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-).
Si las armas fueren de guerra, la pena será de
DOS (2) a SEIS (6) años de prisión. La portación
de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización
legal, será reprimida con prisión de UN
(1) año a CUATRO (4) años. Si las armas
fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años
y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses
de reclusión o prisión.”
Por lo tanto, quien utiliza un arma de fuego, sea de uso
civil o de guerra, además de infringir la Ley de
Protección al animal contra Malos Tratos y Actos
de Crueldad, también esta infringiendo otras leyes,
sancionadas con penas más graves ya que al ser
mayor a tres años, la pena de prisión será
de cumplimiento efectivo. Esto hace que quien utilice
un arma de fuego para matar animales, lo piense dos veces
antes de volver a hacerlo una vez que cumpla su pena,
en caso de condena.
Ahora bien, quien utiliza un arma de fuego para matar
a los animales indefensos de su barrio y de sus vecinos,
es una persona que tampoco dudaría un instante
si quiere o cree necesario disparar a una persona que
considera “sospechosa” o que tiene una actitud
que no es agradable al sujeto, con lo cual, es una persona
extremadamente peligrosa, y es bien sabido que entre el
maltrato animal y la agresión o mal trato a un
ser humano hay una línea muy delgada fácil
de cruzar. De hecho, estudios realizados por el F.B.I,
han demostrado que la gran mayoría de asesinos
seriales y/o múltiples han comenzado torturando
a sus propias mascotas o animales de la calle.
Lamentablemente, en Argentina el maltrato animal no es
considerado un delito grave ni una señal de alarma
a tener en cuenta sobre la peligrosidad del agresor. Una
de las razones por las cuales no es tenida en cuenta,
es precisamente porque nadie denuncia los malos tratos
hacia los animales, sino que dicho vulgarmente “tiran
la pelota” hacia otro lado, esperando que los demás
solucionen el problema. Distinto sería el caso,
cuando una persona es condenada por homicidio o lesiones,
si tiene ya antecedente penales por condenas anteriores
y una o varias de ellas, es por infracción a la
Ley 14.346, se comenzaría a dejar un precedente
sobre el tema.
Si todos y cada uno de nosotros cuando somos testigos
o presenciamos agresiones hacia un animal indefenso hiciéramos
la denuncia, lejos e considerar que se trata de un delito
menor, se empezaría a dar fuerza a la Ley 14.346,
y no quedaría siempre en el olvido. Y también
es muy importante destacar, que la denuncia por si sola,
no impulsa el proceso hasta llegar a una condena, sino
que es importante ratificar esa denuncia cuando se nos
solicita, aportar pruebas, testigos y todo lo que sea
necesario hasta hacer justicia por los animales que no
tienen voz para defenderse por sí mismos, sino
que necesitan de todos nosotros para poder tener justicia
como se merecen.
Volviendo al ejemplo del arma de fuego como medio para
matar animales, en este caso, ¿Qué pasaría
si esa misma persona matara a un ser humano? Seguramente
se haría la denuncia de manera inmediata, por el
delito de homicidio. Nadie tendría miedo de denunciar
ni señalar al victimario, y todos saldrían
de testigos. Pregunto entonces, ¿Por qué
no hacer la denuncia cuando mata a los animales, si al
fin y al cabo está terminando con una vida?
Mucha gente me respondería que la vida humana es
más valiosa que la vida de un animal. Gran error.
Todas las vidas son valiosas, y ninguna vida puede ser
quitada arbitrariamente por el simple hecho que molesta
o es desagradable. Es tan importante la vida de un animal
(quienes tenemos y amamos a los animales sabemos que esto
que digo es cierto), como la vida de una persona, entonces,
cuando un inhumano utiliza un arma de fuego del calibre
que sea para matar a un animal, debe ser denunciado, no
solamente por la infracción a la Ley 14.346, sino
por infracción a las Leyes 20.429 y 25.886. Haciendo
esta denuncia, no solamente estamos haciendo justicia
por los animales, sino que estamos evitando que ese mismo
inhumano, en día se levante y dispare contra una
persona.
Por esto, y para terminar, quisiera dejar claro que el
miedo nunca conduce a nada, sino a la impunidad, y que
todo maltrato animal debe ser denunciado como corresponde.
Toda persona que tiene conocimiento de malos tratos o
actos de crueldad hacia un animal debe animarse a denunciar,
es la única forma de hacer que la justicia tome
conciencia que los animales también están
amparados por una ley que es tan importante y válida
como cualquier ley complementaria del Código Penal
Argentino. |